Hace aproximadamente un año, el Gobierno, a propuesta de la ministra de Justicia, aprobó el Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación. ¿Será esta la manera en la que, de una vez por todas, consigamos impulsar la Mediación?.
Dicho Anteproyecto, pretende ser un impulso importante y definitivo a la implantación de la Mediación como figura complementaria de la Administración de Justicia cuyo objetivo final es la resolución de los conflictos de forma ágil y económica.
Pero, antes de adentrarnos con más profundidad en el tema, debemos recordar a los lectores: ¿Qué es la mediación?; ¿Qué objetivos persigue?; y, ¿Cómo está regulado?.
En este sentido, debemos responder estableciendo que, la Mediación es:
«Un proceso de resolución de conflictos en el que las dos partes enfrentadas recurren «voluntariamente» a una tercera persona «imparcial», el mediador, para llegar a un acuerdo satisfactorio. Es un proceso extrajudicial o diferente a los canales legales o convencionales de resolución de disputas, es creativo, porque mueve a la búsqueda de soluciones que satisfagan las necesidades de las partes, e implica no restringirse a lo que dice la ley. Además, la solución no es impuesta por terceras personas, como en el caso de los jueces o árbitros, sino que es creada por las partes «(Armas, 2003, p.126), o en otras palabras, «mediar no va de hablar sino de escuchar»( Criado, 2017)
Regulada con carácter general, en el ámbito civil y mercantil, por Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, establece en su artículo primero la Mediación como «aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador´”. Partiendo de esta definición, podemos fácilmente extraer sus características fundamentales y que, entre otras, trata de las siguientes:
- La autonomía de la voluntad.
- La naturaleza contractual.
- La flexibilidad y rapidez
- Bajo coste económico.
- La confidencialidad.
- La importancia de los intereses de las partes (…)
Pues bien, esta nueva norma, pretende sembrar y promover el impulso de la Mediación para que sean las propias partes quienes lleguen a la solución del conflicto civil o mercantil, mediante la llamada “ obligatoriedad mitigada” que no es otra cosa que la obligación de acudir a una sesión informativa y exploratoria previamente a la interposición de la demanda, sin la obligación de someterse a la Mediación completa y que entra en vigor a los tres años de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para una correcta adaptación reglamentaria y fomentar la presencia de mediadores en todos los partidos judiciales.
Por ello, entendemos que se trata de un paso más hacia el cambio cultural en Mediación que España requiere y que gracias al respaldo del Anteproyecto permite el impulso, expresión y fortalecimiento de la mediación tanto en el ámbito civil como mercantil.
No obstante, debido a la situación excepcional que estamos viviendo hoy en día ocasionada por el COVID19 y su gran impacto en la congestión de los juzgados, varias Asociaciones de Profesionales de la Mediación, Centros de formación en Mediación, instituciones de Mediación así como mediadores de toda España solicitan la presentación ante las Cortes del Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación aprobado por el Consejo de Ministros el 11 de enero de 2019 para que, de esta manera, se implante de forma definitiva la Sesión Informativa previa al Procedimiento judicial, con el fin de descongestionar la carga de trabajo que están soportando los juzgados y acortar los tiempos de respuesta de justicia.
En este sentido, y desde mi humilde punto de vista como Abogada y Mediadora, ahora es el momento de luchar tod@s juntos para dar el impulso que la Mediación merece. Como decía Newton, “los hombres construimos demasiados muros y no suficientes puentes”. Entre tod@s, estoy segura que seremos capaces de construir un nuevo puente hacia una mejora en la justicia.
María Popiuc
Abogada ICAM y Mediadora.
Doctorando en Derecho en la Universidad Camilo José Cela.