Es objeto de la presente reseña reflejar un análisis jurídico y cinematográfico del largometraje “Modelo 77”, a fin de ofrecer una reinterpretación del sentido del Derecho, que acerque al jurista a la preocupación por la realidad social y las normas de convivencia humana en calidad de mecanismos legitimadores del marco jurídico que regula la vida de las personas.
Ambientada en la cárcel Modelo de Barcelona, el filme “Modelo 77” caracteriza la estructura penitenciaria española durante la última etapa del franquismo, centrándose en las problemáticas internas a las que se veían sujetos los presos, especialmente en materia de derechos y garantías personales.
La película fundamenta una crítica dirigida al abuso de poder que fue ejercido por la estructura estatal, reflexionando acerca de la marginalización y el aislamiento sistemático que comportó para los presos, privándoles de herramientas efectivas de reinserción.
Por otro lado “Modelo 77” recoge figuras jurídicas relevantes cuya influencia se ha proyectado hasta el Derecho actual, tales como la facultad de los internos para imponer recursos o el papel del Juez de Vigilancia, ofreciendo una visión clara y sencilla de su función y objetivos.
A modo de conclusión, puede indicarse que la película analiza la situación histórica, jurídica e institucional de la sociedad española durante los primeros años de la Transición y trata de desarrollar una crítica acerca de la deshumanización que comporta el alejamiento del Derecho de la realidad social, defendiendo la importancia de que la Ley ejerza un contrapeso ante la arbitrariedad de la autoridad.
JUAN CUATRECASAS CUEVA
Alumno de la Clínica Jurídica UCJC