Como consecuencia de la entrada en prisión del cantante Pablo Hásel, el Gobierno ha planteado una posible reforma del Código Penal, con el fin de eliminar aquellos delitos que limiten la libertad de expresión. Entre los delitos que se plantean derogar, se encuentran el delito de injurias a la Corona, el de enaltecimiento del terrorismo, el delito de odio y el delito contra los sentimientos religiosos.
En cuanto al delito de injurias a la Corona, encontramos que se encuentra regulado en el artículo 490 del Código Penal, castigando hasta con dos años de prisión las injurias y calumnias al rey. Los delitos de enaltecimiento del terrorismo, regulados en el artículo 578 del Código Penal, castigan a aquellas personas que se burlen de víctimas del terrorismo, así como el enaltecimiento o justificación de atentados terroristas, con una pena de hasta tres años de prisión. En el caso de Pablo Hásel, estos delitos los ha cometido por la quema de fotografías del Rey Felipe VI, así como el enaltecimiento de la banda terrorista ETA a través de sus canciones.
Por su parte, el delito contra los sentimientos religiosos lo encontramos recogido en el artículo 525 del Código Penal, donde se castigan a aquellas personas que se mofen cruelmente de los dogmas o creencias de los seguidores de una determinada religión.Por el momento, esta reforma del Código Penal es tan solo una propuesta, deberemos esperar por tanto si esta revisión de los delitos, finalizará con una modificación de los mismos.
Eduardo M. Ávila Calzado
Alumno del Máster de Acceso a la Abogacía
Departamento de Derecho
UNIVERSIDAD CAMILO JOSE CELA