Autor: José María Garzón Flores
Profesor del Máster del Criminalística UCJC, abogado y criminólogo
Recientemente hemos asistido a un juicio que podría definirse como paradigma de la presunción de inocencia. Aquellos por los que merece la pena dedicarse a esta profesión de abogado, que tanto disgustos da pero que premia en situaciones como ésta una labor profesional de dedicación y esfuerzo.
Hace casi dos años un joven de tez morena y pelo ensortijado fue puesto a disposición judicial por el simple hecho de parecerse al autor de un delito contra la integridad sexual y hallarse en el lugar inoportuno, un supermercado, en el que fue confundido por unas testigos que apenas vieron al autor real. Se le parecía y así se lo dijeron a la policía, quien tuvo fácil extraer un fotograma de las cámaras de seguridad del autoservicio y mostrárselo a las testigos. Cuatro fueron los testigos de la supuesta huida de un agresor y ninguno de ellos le reconoció sin dudas en una rueda de reconocimiento compuesta por personas de tez blanca con el único moreno como imputado. No cuadraba nada, pero se le exigía al acusado que probase dónde se encontraba la noche de autos.
Entrábamos, pues, de lleno en el terreno de la prueba diabólica, pero todo ello desde prisión, dónde una Juez, tras la petición del Ministerio Fiscal y de manera inmisericorde, puso al acusado a buen recaudo porque podría huir de la justicia. No tuvieron en cuenta que se trataba de un buen muchacho, arraigado en España desde hace ya muchos años, buen estudiante, etc. De nada sirvieron los certificados del director del Instituto quien aseguró no haber tenido jamás ningún problema con él por leve que fuera. Tampoco lo tuvieron en la Iglesia a la que acudía de forma muy asidua, siendo integrante muy activo del grupo de jóvenes de la parroquia. El pastor daba fe de sus ovejas y garantizaba personalmente el seguimiento del joven. Todo ello no bastaba.
Había que probar, para poder sacarlo de prisión, que el día de autos se encontraba en casa jugando a un juego on line, pero la policía no era capaz de probar este hecho. Algún impedimento técnico habría, pero no se decía cual. El joven, de escasísimos recursos, no podía acceder a una carísima prueba pericial de parte. El teléfono tampoco arrojaba resultados de localización a esas horas de la madrugada, sin duda porque no lo habría utilizado. Tan sólo tenía la testifical de su madre y su hermano, pero claro, ellos eran familia. Podrían decir la verdad. Que desde que entró en casa a las 00:00 horas aproximadamente. no había vuelto a salir. ¿Pero sería suficiente para destruir una acusación como la que se urdió? ¿Y por qué habría de serlo ahora si no lo fue ni para la policía, un juez de instrucción y un fiscal?.
En el juicio celebrado, la Audiencia Provincial detectó que se había vulnerado la presunción de inocencia; y, se había quebrantado porque una rueda de reconocimiento en la que previamente se había exhibido un fotograma de quien se va a identificar vicia de nulidad toda la prueba, y por ende, en virtud de la teoría de los frutos del árbol envenenado, el resto del proceso. Porque en esa rueda los componentes, como manda nuestra legislación, no eran de similares características. Y, finalmente porque para que la credibilidad subjetiva de la víctima -quien no reconoció plenamente al acusado-, fuera tomada en consideración debe ser rotunda, constante, y carecer de un ánimo espúreo. En este caso faltaba dicha contundencia: al mostrarle la fotografía no sabía si era o no el agresor.
En fin y como moraleja de todo lo anterior, gracias a unos magistrados de la Audiencia Provincial, técnicos, desapasionados y congruentes con un sistema de garantías presidido por la presunción de inocencia, hoy, un ciudadano inocente ha salido de prisión. Han sido 16 meses encerrado y privado injustamente de su libertad de 19 años; meses de dolor y renuncia; meses de desesperación y de ver marchar a su madre llorando tras la visita a la prisión; meses de angustia ante la que pudiera ser injusta sentencia confirmadora de su encierro, de su desafuero; meses perdidos de estudios, dos cursos nada menos…
¿Quién se los devuelve?
Habría que preguntar a los policías que detuvieron sin comprobar y redactaron el atestado, al Fiscal que acusó sin acusación, a la Juez que adoptó la medida cautelar de prisión provisional sin la “apariencia del buen derecho”.
Nos tememos que no van a responder, estamos seguros.
Nos quedamos con la sonrisa y el abrazo de gratitud del inocente al salir de prisión, con las lágrimas de su familia y con la pregunta de su madre: “Si no lo hubierais defendido ¿dónde estaría mi hijo?”
